Tepic, Nayarit, jueves 28 de marzo de 2024

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia no se designan al gusto del gobernador

Oscar González Bonilla

05 de agosto de 2014

Vence durante septiembre venidero el periodo como magistrado-presidente del Tribunal Superior de Justicia de Nayarit del doctor Pedro Antonio Enríquez Soto, quien ha puesto en tela de duda si presentará al Congreso del Estado solicitud de ratificación, a la que por ley tiene derecho.

Por qué en la ratificación y proceso de designación de nuevos magistrados numerarios intervienen tanto el representante del Poder Ejecutivo de Nayarit (presenta ternas) como el Poder Legislativo, el que finalmente aprueba ¿Y el Poder Judicial, principal interesado, dónde queda?

“La ciudadanía es verdaderamente la interesada”, responde con potencialidad mental característica Pedro Antonio Enríquez Soto, magistrado-presidente del Tribunal Superior de Justicia.

“El tribunal principal del Poder Judicial es designado por dos poderes con legitimidad democrática. Es decir, los magistrados en Nayarit, en México y el mundo no se eligen por el voto popular, su origen no es democrático.

“Son los poderes Ejecutivo y Legislativo, ajustándose al mandato popular, los que finalmente deciden la integración de tribunales; entonces, el principal interesado es la ciudadanía, más que el Poder Judicial.

“El Poder Judicial como tal tiene atribuciones que cumplir, y dentro de ellas los magistrados y jueces debemos ejecutar con estricto apego a la Constitución y leyes, de tal manera que en Nayarit y la mayoría de los estados a nivel federal, los poderes judiciales no tienen intervención en la designación de magistrados.

Entrevistado en su despacho del edificio sede del tribunal en Tepic, el magistrado-presidente con serenidad de ánimo muestra absoluto respeto a la propuesta del gobernador Roberto Sandoval y a la final decisión del Congreso del Estado para el mes de septiembre venidero.

“Insisto: es un planteamiento normal, es una transición completamente ordinaria donde es muy claro el ejercicio de las facultades del gobernador de proponer y del Congreso de decidir en definitiva”.

Con base en su exposición está usted muy de acuerdo con el procedimiento legal, pero en su opinión personal conformada de vasta experiencia en el cargo ¿qué propone para que el Poder Judicial de Nayarit tenga injerencia en la designación de nuevos magistrados?

Pedro Antonio Enríquez Soto, mucho muy atento a la interrogante, externa imparcialidad en los juicios.

“Como académico, abogado y en calidad de presidente del Tribunal siempre he compartido esta forma de integración del Poder Judicial; no sólo lo digo ahora, lo he escrito incluso en diferentes artículos de investigación jurídica, he sostenido esta postura.

“Porque si no entonces sería tanto como pensar que los diputados salieran del propio personal del Congreso. Allí hay técnicos que son los que hacen las leyes, pues entonces los propios funcionarios del Congreso sean los diputados.

“Pensar que sea el propio Poder Judicial quien se autonombre me parece va en sentido antidemocrático, por una parte, y segundo, creo que a las instituciones favorece más una integración exógena (que se forma en el exterior de un cuerpo) que una integración endógena.

“Tengo muy claro que esta vía legitima al Poder Judicial, el que por su naturaleza no es un poder democrático por no emanar de la voluntad popular, sino que esa legitimidad se la otorga la participación de los poderes que sí son democráticos, como el Ejecutivo y el Legislativo.

“Esta forma la comparto plenamente porque así funciona en todos los países democráticos”.

-¿La designación de magistrados al Tribunal Superior de Justicia de Nayarit es a gusto del gobernador en turno?

-“No es a gusto del gobernador, es una facultad exclusiva del gobernador.

¿”Qué tiene que cuidar el gobernador?

“Lo que tiene que cuidar el gobernador es que las personas que propone sean quienes reúnen los requisitos legales que establece la Constitución y las leyes, es lo único.

“Lo demás es una decisión unilateral, soberana, de acto de autoridad como es la figura del gobernador, es lo más normal.

“El Congreso tiene la facultad de examinar esos nombres, de decidir de esos nombres quien considera es la persona más idónea, pero también el Congreso tiene la facultad de rechazar esa primer propuesta.

“Es decir, participan de esta decisión dos poderes distintos con facultades muy claras: el gobernador tiene facultad de proponer, pero el Congreso tiene la facultad de analizar y en su oportunidad designar uno de los propuestos, o bien rechazar para que el gobernador rectifique y designe nueva terna.

“Insisto: es una decisión unipersonal del gobernador, protegida constitucionalmente, lo cual comparto plenamente. Es como la decisión para designar a sus secretarios de despacho, sólo que en este caso no está sometida a ninguna otra voluntad, es una decisión personal”.

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